Diputados aprueban reformar el Código Penal a fin de sancionar con cárcel a quienes maltraten animales

Con 68 votos a favor, diputados aprobaron dos reformas al Código Penal e incorporó un nuevo delito para sancionar penalmente cualquier acción de violencia contra los animales de compañía o aquellos que no se encuentren en estado salvaje.

Las modificaciones serán aplicadas a los artículos 261 y 263 del Código Penal, para castigar con cárcel a toda persona que dañe o realice actos de crueldad, mutile, lesione de forma permanente o mate a un animal de compañía.

“Con la reforma al Código Penal se busca dar una herramienta más a la protección de los animales”, enfatizó la diputada Marcela Pineda.

Aunque el artículo 261-A estipula que la pena de prisión podrá ser conmutable por el juez, es decir, podrá sustituirla por trabajo de utilidad pública.

El artículo contempla que cuando una persona incurra en el delito de maltrato animal también será multada de tres a cinco salarios mínimos del sector comercio e industria y no podrá tener animales de compañía por el tiempo que dure la condena penal.

Según lo establecido en las enmiendas avaladas, el que por acción u omisión provoque o genere maltrato, cause sufrimiento, lesiones o daños que menoscaben el bienestar animal, o que realice conductas zoofílicas en contra de animales de compañía, domésticos o incluso en contra de cualquier otro animal que no viva en estado salvaje, será sancionado con pena de prisión de dos a cuatro años.

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